22 de diciembre de 2022

  • La Directiva 2022/2464/UE (“CSRD”) modifica, entre otras, la Directiva de Divulgación de Información No Financiera (2014/95/UE) (“Directiva NFRD”) con el fin de corregir algunas de las deficiencias detectadas en la información no financiera y ampliar el número de empresas obligadas a informar sobre cuestiones de sostenibilidad.
  • La CSRD representa un avance sustancial en términos de un mayor enfoque en la dimensión social de la sostenibilidad, con disposiciones específicas relacionadas con la discapacidad incluidas y reforzadas en la Directiva.
  • Se espera que la CSRD entre en vigor la primera semana de enero de 2023 (20 días después de su publicación). A partir de entonces, los Estados miembros tendrán 18 meses (hasta el 6 de julio de 2024) para transponer las nuevas normas a la legislación nacional.

El pasado 16 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la UE el texto definitivo de la Directiva Europea sobre Corporate Sustainability Reporting (CSRD). El marco de actualización de informes tiene como objetivo aumentar la transparencia en el desempeño corporativo en relación con los aspectos de sostenibilidad. El CSRD también aumenta sustancialmente la cantidad de empresas que deben informar sobre una amplia gama de dominios de sustentabilidad y se espera que cumplan con una amplia gama de requisitos de informes para el 1 de enero de 2024. Por lo tanto, los cambios afectarían el ciclo de informes de 2024 y ayudarán a aumentar la responsabilidad social, evitar normas de sostenibilidad divergentes y facilitar la transición hacia una economía sostenible.

El CSRD introduce requisitos de información más detallados y garantiza que las grandes empresas y las PYME que cotizan en bolsa estén obligadas a informar sobre cuestiones de sostenibilidad, como factores medioambientales, sociales y de derechos humanos y de gobernanza. Las nuevas reglas responsabilizarán a más empresas por su impacto en la sociedad y las guiarán hacia una economía que beneficie a las personas y al medio ambiente. Los datos sobre la huella ambiental y social estarían disponibles públicamente para cualquier persona interesada en esta huella. Al mismo tiempo, los nuevos requisitos ampliados se adaptan a diferentes tamaños de empresas y les brindan un período de transición suficiente para prepararse para los nuevos requisitos.

En cuanto a la discapacidad, el texto final de la Directiva (disponible aquí) aumenta significativamente su presencia con disposiciones relacionadas con la discapacidad incluidas y reforzadas en la Directiva.

En concreto, la CSRD

  • Incluye la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (UNCRPD) entre los marcos y tratados internacionales de derechos humanos a los que se refiere la Directiva (Considerando 49 y Artículo 29b, Directiva 2013/34/UE).
  • Establece que las normas de sostenibilidad relacionadas con la discapacidad también deben especificar la información que debe informarse sobre las medidas de accesibilidad realizadas por la empresa (Considerando 49).
  • Incluye la discapacidad como factor para la descripción de la política de diversidad aplicada en relación con los órganos de administración, dirección y supervisión de la empresa (artículo 20, apartado 1, Directiva 2013/34/UE).
  • Requiere estándares de informes de sostenibilidad para especificar la información que las empresas deben divulgar sobre factores sociales y de derechos humanos, incluido el empleo y la inclusión de personas con discapacidad, diversidad y respeto por los derechos humanos y los principios establecidos en la CDPD, entre otras Convenciones (Artículo 29b, Directiva 2013/34/UE).
  • Exige a la Comisión que evalúe, como parte de un informe que debe presentarse antes del 30 de abril de 2029, si y cómo garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad a los informes de sostenibilidad publicados por las empresas en el ámbito de la presente Directiva (considerando 81 y artículo 6).

Antecedentes

La Comisión Europea presentó la propuesta CSRD el 21 de abril de 2021 como parte del Pacto Verde Europeo y la Agenda de Finanzas Sostenibles. El CSRD llenará los vacíos en las reglas existentes sobre informes de sostenibilidad y responderá a las crecientes necesidades de los mercados financieros de acceder a información ambiental, social y de gobernanza confiable, relevante y comparable para facilitar la canalización de capital privado para financiar el justo transición verde. La divulgación de información sobre sostenibilidad podría atraer inversiones y financiación adicionales para facilitar la transición a una economía sostenible, como se describe en el Pacto Verde.

Próximos pasos

Se espera que la Directiva entre en vigor la primera semana de enero de 2023 (20 días después de su publicación). A partir de entonces, los Estados miembros tendrán 18 meses (hasta el 6 de julio de 2024) para transponer las nuevas normas a la legislación nacional.